Cuando hablamos de la Generación Ciudadana, nos referimos a todos los medios por los que los clientes regulados puedan generar su propia energía eléctrica, estos medios pueden ser dados por métodos renovables no convencionales o cogeneración eficiente. También pueden consumir su propia energía generada e incluso, vender los excedentes a diferentes empresas distribuidoras de energía eléctrica.
La Generación Ciudadana es un derecho que está establecido en la Ley 20.571 y la misma entró en vigor desde el 22 de octubre de 2014. Las distribuidoras han recibido una gran cantidad de solicitudes por parte de clientes, para comenzar con la generación ciudadana, y con más de 900 instalaciones puestas en funcionamiento, se genera más de 6,4 MW de potencia instalada. Esta es una tendencia que ha ido en aumento.
¿Qué otro nombre recibe la Ley de Generación Ciudadana?
Otra de las formas en que se conoce la Ley de Generación Ciudadana es la Ley Net-billing o Net-Metering, que es como se conoce a nivel internacional las diferentes regulaciones referentes a este tipo de acciones.
Como la Ley N° 20.571: “Regula el pago de las tarifas eléctricas de las generaciones residenciales”. Entonces el nombre más apropiado para referirnos es esta ley es “Ley de Facturación Neta” debido que está relacionada directamente con las diferentes boletas o facturas que las empresas distribuidoras de electricidad, entregan a sus diferentes clientes por el cobro del valor neto resultante de la valoración del consumo eléctrico del usuario, restándole el valor de su propia generación eléctrica.
¿Quiénes son los clientes regulados?
Los clientes regulados son aquellos a los que están bajo la fijación de precios, que generalmente corresponden a medianos y pequeños consumidores, y que posean una capacidad conectada por debajo de los 500 kW, y también a aquellos clientes que tengan una capacidad conectada entre los 500 y los 5000 kW pero que hayan solicitado estar sujetos al régimen de los clientes regulados, tal como lo establece las normas actuales, como los colegios, comerciales o industriales pequeños, clientes residenciales, entre otros.
Equipamiento para poder estar sujeto a la Ley de Facturación Neta
Esta ley amerita el uso de sistemas de generación de energía eléctrica, en base a energías renovables, no convencionales (ERNC) como la energía hidroeléctrica y solar (hasta 20 MW) eólica, geotermia, de los mares y de la biomasa o aquellos de congelación eficiente, de hasta 100 kW como la generación de electricidad y calor en un mismo proceso productivo.
¿Es posible independizarse de la red eléctrica?
No es viable económicamente independizarse, para aquellos lugares donde existe e acceso a la red de distribución eléctrica, debido a que eso significaría el uso de baterías y dejar de percibir un ingreso económico derivados de los excedentes de la generación propia que no es consumida.
Una instalación totalmente independiente, solo se puede justificar, cuando son lugares aislados o no se tiene acceso a la red de distribución eléctrica. Estos sistemas, denominados On Grid, deben hacer uso de equipos para acumular la energía, tales como las baterías, por lo que es un método bastante caro y amerita de mayor mantenimiento.
¿Cuáles son los beneficios de la autogeneración de energía eléctrica?
En primera instancia, el cliente podrá consumir su propia energía eléctrica, y además de esto, podrá recibir beneficios económicos al vender los excedentes de energía no consumida a las empresas distribuidoras.
¿Cómo percibo los pagos por la venta del excedente de energía eléctrica?
Para las inyecciones de energía vendidos a las distribuidoras, su respectivo valor se verá reflejado en la boleta mensual siendo este descontado del pago, y en el caso de que exista un saldo a favor del cliente, entonces se descontará de la boleta del mes siguiente y así consecutivamente. En el caso de que el contrato expire y se tiene un saldo a favor del cliente, entonces la distribuidora realizará el pago por un medio acordado con el cliente.
¿Es diferente el precio de la energía inyectada dependiendo del lugar?
El valor de la energía eléctrica inyectada variará dependiendo del lugar en el que se encuentre el cliente, también en elementos como el tipo de conexión, si es baja o alta tensión, también el periodo cuando se realizaron los aportes de energía, teniendo en cuenta, que las tarifas se reajustan cada cuatro años. Todas las empresas distribuidoras de energía eléctrica, deben tener publicados los precios de sus tarifas.
¿Cómo puedo acceder a este beneficio?
Existe un proceso denominado “Procedimiento de Conexión” que se refiere al proyecto con sus diversas acciones de coordinación, entre el cliente y la respectiva empresa distribuidora a la que está adscrito.
El proceso de la Ley 20.571 es el siguiente:
- El Cliente formula la Solicitud de Conexión a la empresa distribuidora.
- La empresa distribuidora da su respuesta al cliente en un periodo máximo de 20 días.
- Manifestación de Conformidad del Cliente a la empresa distribuidora.
- El cliente construye el Equipo de Generación.
- El cliente comunica a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles la Puesta en Servicio de su Equipo de Generación.
- El cliente remite a la empresa de distribución la Notificación de Conexión, en un periodo máximo de 6 meses.
- El cliente y la empresa de distribución firman el Contrato de Conexión.
- La empresa de distribución realizará la supervisión de la conexión del Equipo de Generación del cliente, en un periodo máximo de 20 días.
- El cliente pone en servicio su Equipo de Generación.
¿Cuáles son los requisitos mínimos para poder instalar un sistema de autogeneración?
En primer lugar, es imprescindible poseer una instalación eléctrica interior en excelente estado, también debe estar debidamente inscrita y regularizada por las modificaciones indicadas en las Declaraciones de Instalación Eléctrica Interior “TE1”, de lo contrario, supondría un costo adicional para el cliente.
¿Es necesaria la presencia de un especialista para el procedimiento de conexión?
Como se trata de una instalación eléctrica, donde puede haber riesgos para cualquier persona, es necesario la presencia de un instalador eléctrico autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
